Respecto a la normativa para retirar amianto, protección y obligaciones son los conceptos más importantes que se pueden recoger. En cada caso se recogen todas las cláusulas y obligaciones legales a cumplir por parte de la empresa que gestione la retirada de amianto, o bien, por parte del propietario de la edificación que contenga la sección compuesta por fibrocemento con fibras de amianto a sustituir.
Es importante que se cumpla en todo momento con los requisitos legales impuestos, tanto por la empresa que retira amianto que debe preservar la seguridad de sus trabajadores, como por parte del propietario de la edificación que debe cumplir con la parte de la legislación que establece que todas las secciones que contengan amianto en su composición, deben ser sustituidas por secciones conformadas por materiales limpios, una vez que estas lleguen al final de su vida útil (Cifrada en unos 20 – 25 años), o bien, sufran cualquier tipo de desperfecto, quedando totalmente prohibida su reparación.
La gestión de amianto o desamiantado esta regulada por el RD 396. En él se recogen todas las medidas de prevención que hay que adoptar para retirar uralita y gestionar el amianto.
El RD 396 obliga a las empresas a proteger a sus trabajadores del riesgo de inhalar fibras de amianto.
Forma parte de las obligaciones de la empresa dar formación a sus trabajadores sobre los procedimientos adecuados para manipular amianto, informar a los trabajadores sobre los riesgos de su actividad profesional y hacer un seguimiento específico de la salud y poner a disposición de los trabajadores todas las medidas de protección, tanto colectivas como individuales, necesarias para evitar el riesgo de dispersión e inhalación de fibras de amianto durante las labores de manipulación de materiales que contengan amianto.
En definitiva, la normativa obliga a las empresas de desamiantado y protege la salud de los trabajadores.








